En el caso de daños extraordinarios causados por fenómenos naturales muy destructivos, quien se hace cargo es el Consorcio de Compensación de Seguros, siempre que se disponga de un seguro en vigor. Si no se dispone de seguro, para poder recibir una compensación por los daños sufridos, habría que esperar a que el gobierno pudiera declarar la zona como catastrófica



