La Unión de Consumidores de Aragón (UCAragón) recuerda que “por lo general, en el caso de daños por lluvia, es nuestra aseguradora quien cubre los daños siempre que se superen los 40 litros por metro cuadrado. En el caso de daños extraordinarios causados por fenómenos naturales muy destructivos (inundación por riada), quien se hace cargo es el Consorcio de compensación de seguros, siempre que se disponga de un seguro en vigor”.




