No obstante, por acuerdo del Consejo de Ministros y Ministras, se podrán prorrogar estos ERTE "en atención a las restricciones de la actividad vinculadas a razones sanitarias que subsistan llegado el 30 de junio". Las empresas que se acojan a estos procedimientos no podrán repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación del ERTE, excepto si devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas.

