El tribunal reprueba a la administración aragonesa, "no solo que no se hayan dirigido al órgano judicial competente, la Sala de lo Contencioso del TSJA, sino que se pidiera la ratificación de las medidas al juzgado de lo contencioso de Teruel cuatro días después de que la orden se hubiera hecho efectiva", por lo que califican las medidas adoptadas de “ilegitímas”.
