Resistencia galega: la banda armada terrorista que no atentaba

DIAGONAL | Izaskun Sánchez Aroca | La Audiencia Nacional considera probada la existencia de una banda armada que no atenta. “Ante una amenaza terrorista la democracia estará comprometida con la seguridad y no con los derechos”. Así de categórico es el liberal Michael Ignatieff en su libro El mal menor. La clave de esta afirmación, que intenta justificar las continuas vulneraciones de derechos humanos por parte de los Estados, está en quién define los conceptos. Y en este caso, en cómo se cocina la idea hegemónica de terrorismo. En el Estado español, la Cultura de la Transición, tal y como …

Resistencia GalegaDIAGONAL | Izaskun Sánchez Aroca | La Audiencia Nacional considera probada la existencia de una banda armada que no atenta. “Ante una amenaza terrorista la democracia estará comprometida con la seguridad y no con los derechos”. Así de categórico es el liberal Michael Ignatieff en su libro El mal menor. La clave de esta afirmación, que intenta justificar las continuas vulneraciones de derechos humanos por parte de los Estados, está en quién define los conceptos. Y en este caso, en cómo se cocina la idea hegemónica de terrorismo. En el Estado español, la Cultura de la Transición, tal y como indica Amador Fernández Savater, tiene el monopolio en la construcción de lo que se considera “sentido común”, es decir, “decidir qué es sensato y qué no lo es”. Así, a lo largo de los años, el miedo a la ruptura del Estado español se ha instrumentalizado para aplacar cualquier proceso soberanista y se ha usado el concepto de terrorismo como eje de un discurso vertebrado en torno a la condena, la unidad, el orden, la democracia y el Estado de derecho.

En Galicia este argumento, construido desde la razón de Estado, busca tener presencia en la opinión pública criminalizando cualquier comportamiento disidente. Prueba de ello es la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 4 de septiembre a cuatro independentistas: Antóm Santos, María Osório, Eduardo Vigo y Roberto R. Fialhega. Los dos primeros han sido condenados por participación en organización terrorista y falsedad documental con una pena de 10 años de cárcel. A Vigo y Fialhega, además, se les imputa tenencia de explosivos con fines terroristas, por lo que sus penas alcanzan los 18 años. La respuesta ante esta sentencia no se ha hecho esperar.

“Por primera vez la izquierda institucional (BNG, Anova, AGE, Esquerda Unida) ha publicado un comunicado donde denuncia lo desproporcionado e incomprensible de esta sentencia”, cuenta a DIAGONAL Xoán Sampedro, del consejo de redacción de Novas da Galiza. Fuera de esta izquierda institucional trabajan desde hace años el organismo antirrepresivo Ceivar y distintas plataformas de amistades y familiares de presos como Que Voltem para a Casa.

El discurso en torno a la idea de “terrorismo y amenaza al orden constituyente” en Galicia tuvo gran acogida en los medios de comunicación. Uno de los repuntes lo marca la Operación Castiñeira, en 2005, en la que 11 personas fueron detenidas y acusadas de supuesto enaltecimiento del terrorismo. La causa fue archivada por la Audiencia Nacional por falta de pruebas. A partir de este momento, los grandes medios de comunicación como El Mundo, El País o El Correo Gallego vinculan directamente con terrorismo distintos sabotajes anónimos contra entidades bancarias o sedes de partidos políticos.

El juicio contra estos cuatro independentistas marca un antes y un después en Galicia, ya que, por primera vez, se considera probada la existencia de una banda armada terrorista denominada Resistencia Galega. “El PP está tratando de fabricar el terrorismo y llevarlo donde ellos quieren: a una supuesta confrontación entre quienes defienden el orden y quienes defienden la violencia”, explica Sampedro. Abraham Rubín, doctor en filosofía y activista gallego, recuerda cómo “el concepto de terrorismo implica al menos el objetivo de atemorizar a la población; la realización de atentados contra la vida, la integridad física o la libertad de miembros de la población y la existencia de una estructura organizada. Ninguno de estos hechos tuvo lugar en Galicia”.

Un juicio de autor

La ausencia de garantías procesales en el juicio ha sido denunciada desde la defensa. Rubín señala cómo “hay multitud de afirmaciones y datos que son al menos susceptibles de interpretación. Por ejemplo, se considera probada la existencia de una organización terrorista en base a la publicación de 2005 en Internet de un Manifiesto por la Resistencia Galega de autoría anónima. O incluso en el proceso un perito policial llegó a reconocer que en su análisis “no hay pruebas científicas, sólo mi experiencia profesional”. Para Sam­pedro, que asistió al juicio, “sería imposible afirmar que alguna de las acusaciones de pertenencia a organización terrorista fue demostrada. Lo que sí se expusieron –continúa Sampedro– fueron una sucesión de indicios completamente débiles que, sin embargo, son probatorios para el tribunal”.

Junto al consenso sobre la existencia de una banda terrorista, el segundo vector del discurso del Estado es el de la criminalización de las prácticas cotidianas. Los comportamientos que se consideran anómalos o socialmente atípicos se convierten en pruebas del delito. Aquí entra el juego la Cultura de la Transición y su vara de medir la normalidad. Así lo señala Sam­pedro: “Durante el juicio escuchamos en repetidas ocasiones que la gente miraba para atrás cuando iba en bici o que tenían documentos encriptados en sus ordenadores, lo que “evidentemente” según la fiscalía era demostración de que hacían actividades ilícitas. Parece obvio que desde el momento en que alguien trata por algún medio de evitar la sobreexposición de nuestras vidas al control y supervisión de Estado, éste trata esa disidencia como amenaza y como enemigo”.

En esta línea, la estrategia de la fiscalía ha sido aplicar lo que se llama derecho penal del enemigo, es decir, se castiga no por las acciones cometidas, sino por las que se pueden llegar a cometer. “Se utiliza un argumento circular perfecto. La sospecha como punto de partida, la presunción de culpabilidad y la absoluta incapacidad para demostrar la no participación en algo que ellos construyen”, concluye Sampedro.

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