Los nuevos pliegos de Parques y Jardines protegen el empleo y los derechos laborales de trabajadores y trabajadoras

Garantizar el empleo y las condiciones laborales, favorecer nuevas contrataciones, implantación de medidas de igualdad, abonar puntualmente los salarios, planes de vigilancia de la salud y evaluación de riesgos laborales, prohibición de contratar con ETT's, o una especial valoración a la formación continua, al compromiso de integrar la plantilla con personal indefinido, a la creación de una bolsa de trabajo y a un plan de conciliación familiar, son algunas de las medidas que se han incluido desde la consejería de Servicios Públicos del Ayuntamiento de Zaragoza en el nuevo pliego de condiciones

Parques y Jardines.

El nuevo contrato para la limpieza y mantenimiento de las zonas verdes de Zaragoza –sector I que actualmente gestiona FCC- que comenzará este verano, recoge numerosas cláusulas tales como: garantizar el empleo y las condiciones laborales, favorecer nuevas contrataciones, implantación de medidas de igualdad, abonar puntualmente los salarios, planes de vigilancia de la salud y evaluación de riesgos laborales, prohibición de contratar con ETT's, o una especial valoración a la formación continua, al compromiso de integrar la plantilla con personal indefinido, a la creación de una bolsa de trabajo y a un plan de conciliación familiar.

Estos pliegos de condiciones han puesto en evidencia a los sucesivos gobiernos de PP y PSOE, tanto a nivel municipal como territorial, quienes siempre se excusaban en “la imposibilidad legal” de incorporar este tipo de cláusulas. Sin embargo, los nuevos pliegos de Parques y Jardines han demostrado que sobre todo era una cuestión de voluntad política.

En este sentido, el consejero de Servicios Públicos y Personal del Ayuntamiento de Zaragoza, Alberto Cubero, ha conseguido integrar en los pliegos aspectos sociales y laborales demostrando que dentro de los márgenes de la Ley de Contratos del Sector Público es posible introducir mecanismos en defensa de derechos sociales y laborales de las plantillas.

Por parte del comité de empresa, su presidente, José Luis Muro, ha valorado “positivamente” estos pliegos, ya que incorporan “reivindicaciones históricas” de la plantilla de Parques y Jardines, si bien insiste en que lo mejor para la ciudad y los trabajadores y trabajadoras hubiera sido la “remunicipalización” -reivindicación a la que no renuncian-, aunque reconocen que lograr el apoyo del actual Partido Socialista resultaba “imposible”.

“Aún es más, en el juego liberal de la externalización que defienden PP y PSOE, Cubero ha demostrado que sí se puede introducir pequeños mecanismos para defender a los trabajadores y no solo gestionar a favor de las grandes multinacionales como han hecho años atrás tanto el Partido Socialista y el Partido Popular”, recuerda Muro.

Para el comité de empresa, la mejora más importante ha sido la de garantizar que como mínimo se mantiene la actual plantilla y los derechos laborales adquiridos, impidiendo a las empresas ofertas económicas a la baja que luego implican despidos o bajadas de sueldo. Esta es la principal diferencia respecto a los anteriores pliegos aprobados por el Gobierno del PSOE, que posibilitaron ofertas que implicaban numerosos despidos e importantes bajadas salariales. De hecho, el actual contrato se inauguró en 2014 con la decisión de FCC de rebajar en un 20% el salario de la plantilla, recorte que fue “paralizado” por la plantilla tras una huelga indefinida y tres meses de movilizaciones.

Otra importante mejora que se destaca desde el comité es la obligación de la empresa de sustituir las bajas y vacaciones de manera que se asegure que el 100% de la plantilla ofertada esté operativa, evitando lo que sucedía antes de 2016 cuando los 80 jardineros que estaban de vacaciones en verano no eran sustituidos y por tanto esos meses se “desatendían” las zonas verdes.

Al mismo tiempo, el nuevo pliego de condiciones valora y puntúa de forma pionera en nuestra ciudad aspectos de gran interés social y laboral como un Plan de medidas concretas para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral; la creación de una bolsa de empleo aproximándose a los principios de igualdad, mérito, capacidad y siguiendo unos criterios que sean conocidos para evitar discriminaciones arbitrarias; un programa de información y formación continuada del personal; y el compromiso de integrar la plantilla con personal de contrato indefinido.

Con estos factores valorados en el concurso se pretende mejorar las condiciones de la plantilla y fomentar la estabilidad en el empleo y la igualdad en el acceso al mismo.

Hay que añadir también que en la valoración de los diferentes programas de gestión (siegas, podas, limpieza…) el 60% de la puntuación será a la oferta de los medios humanos, lo cual favorecerá nuevas contrataciones.

Además de estas medidas que se valorarán en el concurso, el contrato recoge una serie de condiciones especiales de ejecución de obligado cumplimiento, como cláusulas de género, de empleo, de formación y de seguridad y salud, cuyo incumplimiento conllevará la rescisión del contrato con la empresa adjudicataria. Toda una batería de medidas que resultan pioneras en Zaragoza dentro de la contratación pública.

Cláusulas sociales de género

El nuevo pliego contempla que la empresa adjudicataria presentará toda la documentación, publicidad, imagen o materiales con un lenguaje no sexista, evitará cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentará una imagen sobre valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

También apuntan al compromiso de contratar mujeres en un porcentaje superior al menos en cinco puntos, al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística (INE).

La empresa estará obligada a diseñar y aplicar un Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres y a adoptar medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

Asimismo, la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

Al igual que se obliga a realizar tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigida a la plantilla adscrita a su ejecución.

Plan de calidad de empleo

Del mismo modo, la empresa adjudicataria estará obligada a mantener la plantilla mínima adscrita a la ejecución del contrato; a cubrir todas las bajas y vacaciones de su plantilla; a no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario; a cumplir en todo momento el convenio colectivo estatal de jardinería en vigor, así como el acuerdo laboral vigente; a tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleadas; y a abonar puntualmente a la plantilla adscrita los salarios pactados o legalmente establecidos.

Seguridad y salud laboral

El nuevo pliego también recoge la obligación de la empresa a designar a una persona con formación específica en la materia para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles, así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito. Anualmente deberá aportar un informe detallado sobre las actuaciones realizadas por la propia empresa para determinar su contenido y alcance.

Se obliga también a desarrollar un plan de vigilancia de la salud de los trabajadores y trabajadoras que antes del inicio del contrato presentará por escrito, junto con la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva (Plan de Prevención de Riesgos Laborales).

Finalmente, y en este sentido, con este nuevo pliego queda prohibida la contratación con Empresas de Trabajo Temporal (ETT’s) o con empresas de servicios integrales. El incumplimiento de esta prohibición tendrá la consideración de causa de resolución del contrato.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de nuestra política de cookies, pincha el enlace para más información.

ACEPTAR
Aviso de cookies