La rocambolesca historia en la que la Virgen Amor, que fue condecorada por el actual ministro en funciones, Jorge Fernández Díaz, con la medalla al merito policial, ha tenido un largo proceso judicial que finalizaba este jueves en el Tribunal Constitucional (TC).
El alto tribunal ha dictado una providencia, de apenas dos párrafos, en la que rechaza el recurso de amparo presentado el pasado mes de marzo por Europa Laica y el Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL), las dos asociaciones que han batallado judicialmente para que se retirara la distinción a la figura religiosa.
En su escrito, el TC concluye que no aprecia "especial trascendencia constitucional" para tramitar el recurso. La decisión ha sido adoptada por los magistrados Andrés Ollero y Santiago Martínez-Vares, de marcado perfil conservador, el primero miembro del Opus Dei, y el segundo exmilitante del Partido Popular y compañero de Fernández Díaz en su época como parlamentario en la Generalitat de Catalunya.
Fuentes del tribunal de garantías han señalado que la providencia de inadmisión señala la falta de especial trascendencia constitucional del recurso, si bien ésta no se refiere al fondo, es decir, a la concesión de la medalla en sí, sino a la ausencia de tutela judicial efectiva alegada por los recurrentes respecto a la resolución de la Audiencia Nacional que avaló la orden ministerial.
En su recurso, las organizaciones recurrentes alegaron que la resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que vio el asunto les causó "indefensión" al incurrir en una "aplicación arbitraria de la legalidad" alcanzando conclusiones "ilógicas, irracionales, esperpénticas y absurdas".
Esta supuesta indefensión es lo que el TC no cree que tenga trascendencia constitucional suficiente para ser motivo de un análisis por parte de este órgano.
Las organizaciones también instaban al Constitucional a anular la sentencia de la Audiencia Nacional alegando que en el expediente administrativo que generó la concesión de la medalla no consta la propuesta del Director General de la Policía, Ignacio Cosidó, ni del informe de la Junta de Gobierno de la Policía que la ley requiere para conceder la distinción, lo cual es "causa de nulidad".