En sendos autos, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española, Angel Hurtado y Julio de Diego –ponentes de las resoluciones sobre los recursos de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente– argumentan que los presidentes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, no pueden ser excarcelados "porque sigue habiendo riesgo de fuga y posibilidad de reiteración delictiva".
Justifican esta decisión por la gravedad del delito de sedición, por el que están siendo investigados en relación a los hechos acontecidos el 20 y 21 de septiembre en Barcelona y por el que fueron enviados a prisión el pasado 16 de octubre.
Hurtado subraya que en contra a lo alegado por la abogada del presidente de Òmnium Cultural en la vistilla celebrada el pasado viernes, el riesgo de fuga no ha desaparecido. "El hecho de que parte de quienes tienen una presumible y muy relevante participación en el proceso sedicioso que nos ocupa, con quienes son innegables las afinidades del señor Cuixart, se encuentren huidos en el extranjero, más que ser un factor que minimice ese riesgo de fuga, puede suponer una potenciación del mismo, en la medida que siempre le resultará más fácil encontrar refugio entre ellos, si decide abandonar España", sostiene el magistrado.
En cuanto a la reiteración delictiva, el juez Hurtado afirma que basta esto "por sí solo" para acordar su prisión preventiva y rechazan el argumento dado por la defensa de que la "circunstancia relevante", la declaración de la independencia y la posterior aplicación del artículo 155 de la Constitución española, tuvo lugar cuando ya se encontraba encarcelado. "¿Qué fiabilidad puede ofrecer quién, pese a una incesante, pero contraria a derecho, actividad de pasado, vaya, en adelante, a dejar de continuar en ella?", apunta el magistrado.
Con respecto a Sànchez, el juez Julio de Diego subraya que pese a las medidas aplicadas por el Gobierno español de Mariano Rajoy, sigue existiendo este riesgo en el presidente de ANC porque "viene operando dentro de un grupo organizado de personas, llevando a cabo reiteradas actividades de colaboración activa" para lograr la independencia de Catalunya.
Sobre el riesgo de fuga, al igual que Hurtado, afirma que no sirve defender que existe un arraigo o su situación familiar, laboral y económica del investigado porque así ha demostrado "la experiencia" en otros casos.
Un voto particular critica la decisión de encarcelar a los presidentes de ANC y Òmnium
Por otra parte, según informa Naiz, el magistrado José Ricardo de Prada ha emitido un voto particular en el que critica la decisión de encarcelar a los presidentes de ANC y Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.
En su opinión, "ni por la gravedad en sí de los hechos, ni por las circunstancias personales, comportamiento procesal, ni por la ausencia de pronósticos negativos consistentes y verdaderamente razonados relativos a los riesgos procesales debería haberse mantenido la medida cautelar de manera incondicional", explica De Prada en su escrito.
Para el magistrado, la jueza instructora de la causa, Carmen Lamela, podía haber establecido "medidas cautelares alternativas a la prisión con suficiente previsible eficacia para conjurar los posibles riesgos existentes". Por ello, opina que la medida de enviarles a la cárcel es "innecesaria, inidónea y desproporcionada".
De Prada también cuestionó que la jueza de la Audiencia Nacional se atribuyera la competencia para investigar el delito de sedición, ya que la ve "sumamente forzada y extensiva de la norma jurídica".