JxCat registra una modificación de la ley para dar cobertura a la investidura de Puigdemont

Proponen para ello cambiar el artículo 6, que en su actual redactado permite al presidente delegar sus funciones en caso de que necesite ser suplido o substituido por “ausencia, enfermedad o impedimento”. La Mesa del Parlament estudiará en la reunión prevista para el próximo martes si tramita por la vía de urgencia.

Puigdemont. Foto: @JuntsXCat

JxCat ha presentado en solitario una iniciativa para modificar la Ley de la Presidencia de la Generalitat, y ha pedido a la Mesa del Parlament que se tramite por el procedimiento de lectura única, el mecanismo de máxima urgencia que la Cámara contempla para aprobar una norma, según han publicado varios medios catalanes.

La formación catalana registra la iniciativa dos días después de que ERC advirtiera que la ven “difícilmente viable” porque sería impugnada de forma inmediata ante el Tribunal Constitucional (TC) y abriría un nuevo contencioso con el Estado español y pidiera más tiempo para estudiarla las distintas opciones.

La Mesa del Parlament estudiará en la reunión prevista para el próximo martes si tramita por la vía de urgencia.

En primer lugar, se propone cambiar el artículo 6, que en su actual redactado permite al presidente delegar sus funciones en caso de que necesite ser suplido o substituido por “ausencia, enfermedad o impedimento”.

La ley no prevé que esta situación pueda producirse en el momento de la elección del presidente, es decir, durante su investidura, y JxCat argumenta: “Esto hace necesario introducir una modificación en el procedimiento de elección, en los casos que se den las situaciones ya previstas u otras imposibilidades físicas que no permitan al candidato expresarse oralmente” ante el pleno.

Por ello, propone añadir un párrafo a la ley que diga que el candidato a la Presidencia “podrá autorizar, por mayoría absoluta, la celebración del debate de investidura sin la presencia o sin la intervención”, pudiéndose hacer por escrito o por cualquier otro medio previsto en el reglamento de la cámara.

También se pide añadir un apartado nuevo a la ley que diga que “todos los órganos colegiados previstos se pueden constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia”.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de nuestra política de cookies, pincha el enlace para más información.

ACEPTAR
Aviso de cookies